Documentación

Normativas y Seguridad

Nosotros entendemos el deporte como un derecho, y es por ello, que promovemos espacios deportivos que concilien la posibilidad de la práctica deportiva para todos, favorezcan mediante normas la convivencia dentro de nuestras instalaciones y proporcionen un entorno de seguridad y salud para estar protegidos mientras hacemos ejercicio físico o asistimos a una actividad deportiva

Aquí encontrarás las normativas que regulan las inscripciones, los abonos y los descuentos, las normativas generales y propias de cada una de las instalaciones, la ubicación de los desfibriladores automáticos como espacio cardio protegido y nuestro Plan de Autoprotección de las instalaciones deportivas en la Villa Deportiva y Recreativa del Patronato.

Documentación oficina

Normativas Oficina

Actualización Precios Aprobada en Junta de Gobierno Local de 29/07/2021

Normativa Inscripciones, abono y descuentos

TEXTO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIO

Artículo 1 . Concepto

De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por la utilización de las instalaciones deportivas municipales, así como la prestación de servicios de las mismas, especificados en las correspondientes tarifas y la utilización de instalaciones y bienes destinados al servicio del mismo .

Artículo 2 . Obligados al pago

1. Están obligados al pago del precio público aquí regulado las personas o entidades que se beneficien de los servicios o actividades prestados por el Patronato Municipal de Deportes de Torremolinos .
2 . Cuando el uso o aprovechamiento de dichas instalaciones ocasione la destrucción o deterioro de las mismas o bienes del Patronato, además del pago del precio público a que hubiere lugar, estará obligado al reintegro del coste total de los gastos de reparación o construcción y al depósito previo de su importe. Si los daños fueran irreparables, la entidad será indemnizada por valor igual al de los bienes destruidos o al importe del deterioro de lo dañado. Para determinar el coste a abonar se seguirán los criterios técnicos de este Patronato.

Artículo 3. Cuantía

1. La cuantía de los precios públicos será la siguiente:
– Por gestión de matriculación, será 10 euros, por cada actividad deportiva en la que se matricule, salvo los abonados .
– Por cuota del servicio, que se establece en anexo adjunto, distinguiendo dos modalidades: Abonados y no abonados. Teniendo los abonados las siguientes reducciones:

ABONADOS REDUCCIÓN
  MATRÍCULA GASTOS POR GESTIÓN DE MATRICULACIÓN  100 %
  COMPLEJO PISCINAS BAÑO FAMILIAR (MENORES SIEMPRE QUE VAYAN ACOMPAÑADO DE UN ADULTO TAMBIÉN ABONADO) 100 %
  PISTA ATLETISMO USO INDIVIDUAL ADULTO 100 %
  PISTA PÁDEL Y TENIS DE LUNES A VIERNES DE 8:00 A 17:00 EN EL ALQUILER DE
PISTAS DE PÁDEL Y TENIS, FESTIVOS NO INCLUIDOS
50 %
  EVENTOS  INSCRIPCIÓN EVENTOS POPULARES 100 %

2. Los precios serán objeto de las revisiones que el PMDT estime convenientes.
3. Para los siguientes colectivos, al apreciarse que existen razones sociales, benéficas, deportivas o de interés público, se realizarán las reducciones que se indican a continuación sobre la cuota de servicio en la primera actividad y uso libre. Se utilizará para determinar la primera actividad y primer uso libre la fecha y hora de antigüedad de la inscripción.

COLECTIVO REDUCCIÓN PRECIO PÚBLICO POR PRIMERA ACTIVIDAD Y USO LIBRE
CARNET JOVEN 20 %
MENORES 6 AÑOS 100 %
FAMILIA NUMEROSA 50 %
PENSIONISTA 20 %
PARADOS DE LARGA DURACIÓN 50 %
PERCEPTORES DEL SUBSIDIO POR DESEMPLEO 50 %
PERSONAS CON GRADO DE DISCAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR AL 33 % 50 %
PERSONAS CON GRADO DE DISCAPACIDAD SUPERIOR AL 65 % 100 %
PERSONAS EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL O VULNERABILIDAD 100 %
PROGRAMA MAYOR ACTIVO DE LA DELEGACIÓN DE MAYORES 100 %
MUJERES VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y SUS HIJOS/AS MENORES DE 25 AÑOS 100 %

El PMDT establecerá mecanismo de control de asistencia en las actividades con reducciones en la cuota de servicio .

4. Inscripciones de miembros de la misma unidad familiar: Se aplicará el 50 % en el abono de cada uno de los miembros que conformen la misma unidad familiar que cumplan las siguientes condiciones:
– Unidad familiar de 2 a 4 miembros .
– La inscripción, de cada uno de los miembros, en la primera actividad tiene que ser conjunta .
– El primer pago se realizará con tarjeta bancaria y el resto de pago se domiciliarán.
– La unidad familiar se podrá beneficiar de esta reducción una vez por temporada.

5. Reducción en los campamentos deportivos y en el aula deportiva, del 20 % al 2.º hermano y un 30 % al 3.er hermano, siempre que se inscriban de forma conjunta.

6. Reducciones para personas con rentas bajas y con prescripción médico deportiva. La cuantía a reducir según los ingresos de la unidad familiar se regirá por el siguiente cuadro:

INGRESOS MENSUALES UNIDAD FAMILIAR* BONIFICACIÓN
INFERIORES AL 25 % 1,3 IPREM MENSUAL 100 %
ENTRE EL 25 % Y EL 50 % 1,3 IPREM MENSUAL 75 %
ENTRE EL 50 % Y EL 75 % 1,3 IPREM MENSUAL 50 %
ENTRE EL 75 % Y EL 100 % 1,3 IPREM MENSUAL 25 %

* Se tendrá en cuenta para el cálculo, el número de miembros que componen la unidad familiar

7. En función del interés, carácter, condición y características de la actividad el PMDT podrá realizar reducción de 100 % para realizar promoción deportiva, siempre que existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconsejen.

Artículo 4 . Normas de gestión

4 .1 . Normas de inscripción

1. El PMDT abrirá un plazo para inscribirse en los distintos cursos de servicios deportivos.
2. Las vacantes que se produzcan durante la temporada se cubrirán con la lista de espera por riguroso orden de presentación de solicitudes.
3. En caso de pertenencia a más de un colectivo a los que se le aplican reducciones del precio público, se aplicará el que su cuantía le resulte más beneficioso. La reducción se mantendrá mientras concurran las circunstancias que determinen su concesión. Deberá presentarse la documentación necesaria para acreditar que es beneficiario de alguno de los descuentos.
4. Los interesados en participar en las actividades del PMDT se atendrán a las normas de funcionamiento del mismo .
5. El PMDT se reserva el derecho a reorganizar la frecuencia semanal de las actividades de forma acumulada mantenimiento el mismo precio por hora de actividad .
6. Al realizar la inscripción, en cumplimiento de RGPD (UE) 2016/679 y LO 3/2018 PDP y GDD, el PMDT le informa que sus datos se integrarán en un fichero de datos informatizados compartido con el Ayuntamiento de Torremolinos y podrán ser utilizados por dichos organismos públicos para la gestión de los servicios solicitados, la gestión de cobros y los pagos consecuencias de los mismos y para mantenerle/la informado/a con carácter general, incluyendo promociones comerciales que le puedan interesar.

4 .2 . Normas de usos

1. El uso de cualquiera de las instalaciones deportivas del Patronato Municipal de Deportes de Torremolinos supone la aceptación de sus correspondientes normas de uso que el PMDT tenga aprobadas. El incumplimiento de estas normas supondrá la pérdida de los derechos de utilización o la expulsión de la instalación, sin perjuicio de la imposición de la sanción a la que hubiere lugar.
2. En relación al alquiler de las instalaciones deportivas, los usuarios que hayan realizado el alquiler, deberán permanecer en la instalación alquilada durante la duración del mismo.

Artículo 5 . Cobro del precio público

1. Una vez realizada la inscripción (matrícula si corresponde y la cuota del servicio deportivo solicitado), el cobro del precio público deberá realizarse mediante pago con tarjeta bancaria en oficinas del PMDT o a través del servicio on line, o bien domiciliando el pago mensual del recibo . 2 . Cuando por causas directamente imputables al PMD Torremolinos, la actividad o el derecho a la utilización del dominio público no se preste o desarrolle, se procederá a la devolución del importe correspondiente según el procedimiento administrativo establecido o creación de un monedero con el importe correspondiente .

Artículo 6 . Remisión normativa

El presente precio público se regirá, en todo lo no previsto en el presente texto regulador, por la Ordenanza General de Precios Públicos (BOPMA número 218, 13 de noviembre de 2020) y normativa a la que esta última se remite.

Documentación Instalaciones

Normativas Instalaciones

Aprobada 21/10/2008, Actualización Aprobada 30/08/2013 y Publicada 11/11/2013, Actualización Aprobada por Junta de Gobierno el 17/05/2016 y Publicada en el BOP el 01/07/2016

NORMAS GENERALES DE USO DE LA PISCINA OLÍMPICA “VIRGEN DEL CARMEN

1 . Para acceder a la instalación es obligatorio la tarjeta identificativa y/o el resguardo de la inscripción relacionado con la actividad que se quiera practicar.

2. No podrán hacer uso de la piscina quienes padezcan alguna enfermedad infecto-contagiosa, heridas abiertas, etc.. Si el personal de la instalación tuviera fundadas sospechas de que algún cliente padece una afección de este tipo, podrá exigir la presentación de una autorización médica por escrito para el acceso a la piscina.

3. No está permitida la entrada a ningún tipo de animal doméstico.

4. Se exige como equipo mínimo necesario:
– Gorro de baño, obligatorio para introducirse en el agua de la piscina.
– Chanclas de goma (sin hebillas) de uso exclusivo; son obligatorias para acceder a la zona de duchas y playa de la piscina.
– Toalla o albornoz. * Es aconsejable la utilización de gafas de natación.

5. Todo aquello que se pueda desprender o producir daño a los demás clientes, como horquillas, anillos, pulseras, cadenas, etc., no deberá entrar en el agua.

6. Está prohibido el uso de material que pueda molestar a otros clientes, como pelotas, hinchables, etc. (salvo indicación expresa del personal de la instalación), conlleve un riego de accidente o cualquier otro que no sea estrictamente de baño, como ropa interior, pantalones de atletismo, etc.

7. No se dejará nada en los vestuarios fuera de las taquillas. Está prohibido ocupar con ropa, toallas, etc. las cabinas individuales, duchas o cualquier otro espacio del vestuario. Igualmente, sólo podrámantenerse ocupada la taquilla mientras se esté realizando la actividad en la piscina.

8. Existe un almacén de objetos perdidos. Cualquier artículo que sea depositado en él permanecerá un máximo de 10 días. Pasado este tiempo, el PMDT no se responsabiliza de su mantenimiento.

9. No se permitirá la entrada en los vestuarios hasta 10 minutos antes de que comience la clase. Para agilizar el paso de personas por los vestuarios, se permanecerá en éstos el menor tiempo posible. Se dejarán 20 minutos de margen entre la hora de salida del agua y la de salida de los vestuarios.

10. Los familiares o acompañantes de los clientes tienen prohibida la entrada a la zona de vestuarios y playa de la piscina, salvo en el caso de niños menores de ocho años, que podrán ser acompañados por un solo adulto en los vestuarios. En ningún caso podrán los familiares o acompañantes entrar en la playa de la piscina.

11. Es obligatorio ducharse antes de sumergirse en el agua de la piscina (en las duchas de la playa). Esto implica la eliminación de cremas solares y productos de maquillaje. Con este fin, se utilizará jabón cuando sea necesario (en las duchas de vestuarios).

12. No se deberá correr por las zonas húmedas, como playas y alrededores de la piscina, vestuarios o duchas, bajo ningún concepto, ni realizar acciones o juegos que conlleven un riesgo de accidente elevado u originen incomodidad en otros clientes.

13. Está prohibido fumar en la instalación. Tampoco se podrá comer y llevar bebidas o envases en la piscina y vestuarios, ni bañarse mascando chicle. Los envases de cristal y las latas, aunque fueran para uso higiénico, están totalmente prohibidos.

14. Los clientes seguirán, en todo momento, las indicaciones que les haga el personal de la instalación y, en especial, las referentes a seguridad que realicen los socorristas.

15. Aquellos clientes que perturben reiteradamente con su conducta el buen funcionamiento de instalación serán invitados a abandonarla y, en su caso, la dirección podría restringirle el acceso futuro a la misma y/o adoptar las medidas legales oportunas.

16. La instalación no se hace cargo de aquellas circunstancias, accidentes o desperfectos derivados del incumplimiento de las presentes normas, de un comportamiento negligente de un cliente o de un mal uso de la instalación, ni de posibles sustracciones o pérdidas que tengan lugar en la misma. En caso de desperfectos, la dirección se encargará de la reparación, corriendo los gastos a cargo del causante.

17. Las actividades programadas en la piscina están sujetas a modificaciones que, en la medida de lo posible, serán comunicadas a los clientes con la suficiente antelación.

18. Se agradecerá que los clientes realicen las sugerencias o reclamaciones que estimen oportunas para subsanar posibles deficiencias y mejorar el servicio que presta la instalación. Tendrán la oportunidad de hacerlo a través de la comunicación directa con el personal de la instalación, el buzón de sugerencias, las hojas de quejas y reclamaciones y los cuestionarios que, a tal efecto, se confeccionen para conocer la opinión de los clientes

Aprobada 21/10/2008, Actualización Aprobada 30/08/2013 y Publicada 11/11/2013, Actualización Aprobada por Junta de Gobierno el 17/05/2016 y Publicada en el BOP el 01/07/2016

NORMAS ESPECÍFICAS DE USO DE LA PISCINA OLÍMPICA “VIRGEN DEL CARMEN

NORMAS ESPECÍFICAS PARA EL NADO LIBRE

1. Para realizar esta actividad es necesario ser mayor de 12 años, capaz de desplazarse en el agua 25 metros seguidos y bucear.

2. El número máximo de nadadores por calle será de 8 en calle de 25 metros y 15 en calle de 50.

3. La entrada en el agua no podrá hacerse tirándose de cabeza, salvo indicación expresa del personal de la instalación.

4. Se circulará por la derecha de la calle y si se para a descansar deberá hacerse preferentemente en los extremos de la piscina.

5. En caso de que haya más de una calle para nado libre, éstas se dividirán en rápidas y lentas.

6. Si se coge material de entrenamiento (tablas, pulls, etc.) tendrá que colocarse al finalizar en el mismo lugar donde se encontró. El personal de la instalación podrá restringir el uso de este material. 7. No está permitida la entrada de acompañantes o entrenadores de los nadadores a la playa de la piscina.

8. La posesión de una entrada de nado/baño libre no da derecho a la reserva de una plaza a una hora determinada.

9. Sólo en caso de modificación del precio de las entradas de nado/baño libre, las entradas antiguas caducarán a los 3 meses de la fecha de la modificación.

 

NORMAS ESPECÍFICAS PARA EL BAÑO LIBRE

1. Se permitirá la entrada de menores de 12 años, pero éstos deberán ir acompañados de un adulto.

2. Las normas 3, 6, 7, 8 y 9 del nado libre son extensivas al baño libre.

 

NORMAS DE USO DEL GIMNASIO DE LA PISCINA

1. Este gimnasio está reservado para grupos organizados dirigidos por un responsable técnico autorizado. Eprohibido su uso de forma individual.

2. La entrada al gimnasio deberá hacerse desde la playa de la piscina, excepto para grupos que no vayan a hacer un uso previo o posterior de la misma.

3. No se podrá acceder al gimnasio con calzado de calle. En su lugar se utilizarán zapatillas de piscina o calcetines.

4. Deberá hacerse un buen uso del material, especialmente en lo que se refiere al trabajo con pesas, procurando que éstas no estropeen el suelo.

5. El material deberá colocarse en el lugar en el que se encontró una vez que finalice la sesión.

Aprobada 21/10/2008, Actualización Aprobada 30/08/2013 y Publicada 11/11/2013, Actualización Aprobada por Junta de Gobierno el 17/05/2016 y Publicada en el BOP el 01/07/2016

NORMAS DE USO DEL GIMNASIO EN EL PALACIO SAN MIGUEL

1. Queda terminantemente prohibido fumar.

2. Es obligatorio el uso de toalla.

3. Se exige higiene corporal y en la indumentaria.

4. Se prohibe entrenar sin camiseta.

5. Se exigen normas de respeto hacia los demás usuarios.

6. El Patronato Municipal de Deportes no se hace cargo de la pérdida de objetos de valor.

7. Se intentará ajustarse al máximo al horario establecido por este Patronato en las sesiones de entrenamiento.

8. Se ruega que sigan las orientaciones sugeridas por el monitor-entrenador respecto al incumplimiento de estas norm

Aprobada 21/10/2008, Actualización Aprobada 30/08/2013 y Publicada 11/11/2013, Actualización Aprobada por Junta de Gobierno el 17/05/2016 y Publicada en el BOP el 01/07/2016

NORMAS DE USO DEL PALACIO SAN MIGUEL ALQUILERES Y USUARIOS

1.- Para acceder y hacer uso de la instalación es obligatorio presentar la inscripción o la carta de pago de la actividad que se practique.

2.- Los usuarios de actividades deportivas organizadas por el Patronato Municipal de Deportes y Clubes Deportivos Locales no podrán hacer uso de los vestuarios individuales, sino que utilizaran los vestuarios comunes.

3.- Los usuarios tienen a su disposición taquillas individuales que podrán utilizar mientras se esté realizando unaactividad en el Palacio San Miguel. Si durante el desarrollo de la actividad el usuario quiere tener la llave taquilla, entregará un documento que lo identifique o rellenará una hoja facilitada por el Patronato MunicipaDeportes.

4.- Existe un departamento de objetos perdidos en la conserjería. Cualquier articulo que sea depositado en él permanecerá un máximo de 10 días. Pasado este tiempo el Patronato Municipal de Deportes no se responsabiliza delmantenimiento de los artículos perdidos.

5.- El numero máximo de personas que podrán usar la pista por hora de alquiler es de 14, teniendo derecho a un vestuario con llave 15 minutos antes de la hora de alquiler de la pista. El vestuario se dejará libre 15 minutos después de la finalización del uso de la pista.

6.- El alquiler de la pista no da derecho a hacer uso de otras instalaciones, ni de material del Palacio San Miguel.

7.- Aquellos usuarios que perturben reiteradamente con su conducta el buen funcionamiento de la instalación serán invitados a abandonarla y en su caso, la dirección podría restringirle el acceso futuro a la misma y/o adoptar lamedidas legales oportunas. 8

8- Las actividades programadas en la instalación están sujetas a modificaciones que, en la medida de posible, serán comunicadas a los usuarios con la suficiente antelación.

9.- La instalación no se hace cargo de aquellas circunstancias, accidentes o desperfectos derivados del incumplimiento de las presentes normas, de un comportamiento negligente de un usuario o de un mal uso de la instalación, ni de posibles sustracciones o pérdidas que tengan lugar en la misma. En caso de desperfectosdirección se encargará de la reparación, corriendo los gastos a cargo del usuario.

10.- Se agradecerá a los usuarios realicen las sugerencias o reclamaciones que estimen oportunas para subsanar posibles deficiencias y mejorar el servicio que presta la instalación. El buzón, las hojas de sugerencias o reclamaciones se encuentran a su disposición en la conserjería de la instalación o en la oficina del Patronato Municipal de Deportes.

Aprobada 21/10/2008, Actualización Aprobada 30/08/2013 y Publicada 11/11/2013, Actualización Aprobada por Junta de Gobierno el 17/05/2016 y Publicada en el BOP el 01/07/2016

NORMAS ESPECÍFICAS PARA EL USO DE LA PISTA CUBIERTA

1.- Está prohibido el acceso a la pista a toda persona que no pertenezca al grupo de actividad deportiva que se esté practicando en ese momento.

2.- Está prohibido acceder a la pista sin calzado deportivo y siempre que este no tenga la suela de caucho negro. Existen en la conserjería del Palacio San Miguel patucos protectores a disposición de aquellos usuarios que con motivo justificado, tengan que acceder a la pista sin calzado deportivo.

3.- Está prohibido fumar y acceder a la pista con algún tipo de alimento ó bebida que no sea agua.

4.- Esta prohibido el acceso a la pista antes del horario de uso de la misma aunque este vacía.

5.- Los familiares y acompañantes de los alumnos – usuarios tienen prohibido la entrada a la pista.

6. – Los usuarios seguirán en todo momento, las indicaciones que les hagan el personal de la instalación y, en especial, las referentes al uso de la pista.

Aprobada 21/10/2008, Actualización Aprobada 30/08/2013 y Publicada 11/11/2013, Actualización Aprobada por Junta de Gobierno el 17/05/2016 y Publicada en el BOP el 01/07/2016

NORMAS PARA EL USO DE LAS PISTAS EXTERIORES TENIS, PADEL Y POLIDEPORTIVAS

1.- Para acceder a la instalación es obligatorio presentar ticket relacionado con el alquiler o uso de la instalación

2.- Está prohibido el acceso a la pista a toda persona que no pertenezca al grupo de actividad deportiva que se esté practicando en ese momento.

3.- No se permite entrar en la pista sin calzado deportivo y siempre que este tenga la suela lisa.

4.- Está prohibido fumar y acceder a la pista con alimento o bebida que no sea agua, los envases de cristal están totalmente prohibido.

5.- No se puede acceder a la pista antes del horario de uso de la misma aunque este vacía.

6.- Los familiares y acompañantes de los alumnos – usuarios no podrán entrar a la pista.

7.- No esta permitida la entrada a ningún animal doméstico.

8. – Los usuarios seguirán en todo momento, las indicaciones que les hagan el personal de la instalación y, en especial, las referentes al uso de la pista.

9.- Aquellos usuarios que perturben reiteradamente con su conducta el buen funcionamiento de la instalación serán invitados a abandonarla y, en su caso, la dirección podría restringirle el acceso futuro a la misma y/o adoptar las medidas legales oportunas.

10.- La instalación no se hace cargo de aquellas circunstancias, accidentes o desperfectos derivados del incumplimiento de las presentes normas, de un comportamiento negligente de un usuario o de un mal uso de la instalación, ni de posibles sustracciones o pérdidas que tengan lugar en la misma. En caso de desperfectos dirección se encargará de la reparación, corriendo los gastos a cargo del usuario.

Aprobada 21/10/2008, Actualización Aprobada 30/08/2013 y Publicada 11/11/2013, Actualización Aprobada por Junta de Gobierno el 17/05/2016 y Publicada en el BOP el 01/07/2016

NORMATIVA DE UTILIZACIÓN DE LA PISTA DE ATLETISMO DEL ESTADIO POLIDEPORTIVO "CIUDAD DE TORREMOLINOS"

1.- Utilización de calzado deportivo adecuado (botas de fútbol no)

2.- Está prohibido fumar en la instalación de atletismo

3.- Utilización de las calles

  • No se podrá hacer series saliendo desde la línea de meta. no podrá utilizarse la pista de atletismo para hacer carrera continua o trote (corona de césped artificial), sólo podrán hacerse series.
  • Si en algún caso un atleta hace series a ritmo menor que otro que viene detrás, deberá ceder la calle a éste último, siempre que lo solicite gritando: ¡calle! O ¡pista!.
  • Se recomienda al cruzar la pista, mirar si alguien está haciendo series o va a comenzar a hacerlas.

4.- Se avisará con la suficiente antelación la celebración de competiciones o acontecimientos especiales

5.- A la hora de atravesar la zona de lanzamientos, mirar si se está lanzando.

6.-Podrá solicitarse la retirada de material a los operarios de la pista previa presentación del d.n.i. O documento acreditativo. Los deterioros que se produzcan por mal uso del material deberán de ser abonados por el usuario.

7.- Importante: el uso de esta instalación supone la aceptación de esta normativa de uso. El no acatamiento de estas normas supondrá la pérdida de los derechos de utilización o la expulsión de la instalación

Aprobada 21/10/2008, Actualización Aprobada 30/08/2013 y Publicada 11/11/2013, Actualización Aprobada por Junta de Gobierno el 17/05/2016 y Publicada en el BOP el 01/07/2016

NORMAS PARA EL USO DEL CAMPO DE FÚTBOL DE CÉSPED ARTIFICIAL

1.- Para acceder a la instalación es obligatorio presentar ticket relacionado con el alquiler o uso de la instalación

2.- Está prohibido el acceso al campo a toda persona que no pertenezca al grupo de actividad deportiva que se esté practicando en ese momento.

3.- No se permite entrar al campo sin calzado deportivo, y siempre, que este no tenga la suela de goma ( Botas con tacos de Aluminio NO).

4.- Está prohibido fumar y acceder al campo con alimento o bebida que no sea agua, los envases de cristal están totalmente prohibido.

5.- No se puede acceder al campo antes del horario de uso de la misma aunque este vacío.

6.- Los familiares y acompañantes de los alumnos – usuarios no podrán entrar al campo.

7.- No esta permitida la entrada a ningún animal doméstico.

8. – Los usuarios seguirán en todo momento, las indicaciones que les hagan el personal de la instalación y, en especial, las referentes al uso del campo.

9.- Los usuarios, que alquilen campo de Fútbol 7, colocaran y retiran las porterías del terreno de juego.

10.- Aquellos usuarios que perturben reiteradamente con su conducta el buen funcionamiento de la instalación serán invitados a abandonarla y, en su caso, la dirección podría restringirle el acceso futuro a la misma y/o adoptar las medidas legales oportunas.

11.- La instalación no se hace cargo de aquellas circunstancias, accidentes o desperfectos derivados del incumplimiento de las presentes normas, de un comportamiento negligente de un usuario o de un mal uso de la instalación, ni de posibles sustracciones o pérdidas que tengan lugar en la misma. En caso de desperfectos la dirección se encargará de la reparación, corriendo los gastos a cargo del usuario.

Aprobada 21/10/2008, Actualización Aprobada 30/08/2013 y Publicada 11/11/2013, Actualización Aprobada por Junta de Gobierno el 17/05/2016 y Publicada en el BOP el 01/07/2016

NORMAS DE UTILIZACION DE LOS CAMPOS DE CESPED NATURAL

1.- En caso de lluvia el uso del campo, quedará automáticamente anulada durante el tiempo que el responsable del P. M. D. T. crea conveniente.

2.- No se pueden utilizar botas con tacos de aluminio, plástico duro o multitacos (excepto competición Federada de carácter Nacional) se utilizara botas con tacos de goma que no superen 1 cm de longitud.

3.- Los circuitos de entrenamiento se deberán realizar fuera del terreno de juego (banda y fondos) para evitar el deterioro del terreno de juego.

4.- El acceso al terreno de juego no podrá hacerse hasta la hora en punto de la reserva.

5.- Los espectadores y/o acompañantes de los equipos no podrán acceder de ninguna manera al terreno de juego, teniendo que permanecer en las zonas habilitadas a tal efecto (gradas).

6.- Está prohibido fumar y acceder al campo con algún tipo de alimento ó bebida alcohólica y los envases de vidrio están totalmente prohibido .

7.- Los integrantes del equipo seguirán en todo momento. Las indicaciones que les hagan el personal de la instalacióy, en especial las referentes al uso de los campos.

El incumplimiento de estas normas podrá acarrear la suspensión de la reserva del día en que se infrinja y la anulación del alquiler restante, así como la imposibilidad de reservas posteriores.

Documentación Instalaciones

Seguridad y salud

Salud

Deporte Cardio Asegurado

Las instalaciones deportivas de la Villa  Deportiva Recreativa cuentan con Desfibriladores Automaticos de HeartSine samaratin PAD en las siguientes instalaciones:

  • Palacio San Miguel (conserjería)
  • Piscina Virgen del Carmen 1-2 (Puesto socorrismo)
  • Estadio Polideportivo (Entrada almacen pista)
  • Caseta Fitness (acceso Almacen)
  • Piscina Virgen del Carmen 3-4 (Conserjería)
  • Estadio Municipal El Pozuelo

Seguridad y protección

Plan de Autoprotección de las instalaciones

El Plan de Autoprotección del PMDT y para su centro de trabajo ubicado en C/Pedro Navarro Bruna, s/n, TORREMOLINOS (MÁLAGA – España). Para la elaboración de este Plan se ha tenido en cuenta la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia, en adelante norma Básica de Autoprotección (R.D. 393/2007 de 23 de marzo de 2007. B.O.E. nº 72 de 24 de marzo de 2007).

PLAN AUTOPROTECCION PMDT_06032018. modificado a 4 de Julio de 2018

A efectos de Coordinación de Actividades Económicas (CAE) con terceros que usen nuestras instalaciones se facilitará el Plan de Autoprotección completo aquí expuesto y una actualización de datos de emergencia en relación a la reserva de instalaciones y eventos deportivas.

Se adjunta relación de planos para información pública (ya instaladas en nuestras instalaciones) y que pueden servir de referencia para la elaboración de planes de autoprotección de terceros que organicen eventos en nuestras instalaciones y que deban presentar un plan propio dado el carácter de la pruebas, su infraestructura, su aforo o su incompatibilidad con el nuestro.